El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha decidido no admitir la querella presentada por varios exresponsables de Cultura de la Generalitat en relación con la ejecución de la sentencia sobre las pinturas de Monasterio de Villanueva de Sijena. El tribunal considera que no existen indicios de delito en los hechos denunciados y respalda la actuación de la magistrada encargada del proceso.
En su resolución, la Sala de lo Civil y Penal concluye que la actuación judicial se enmarca dentro del ejercicio legítimo de sus funciones, al ejecutar una sentencia firme que obligaba a la devolución de las obras. El tribunal subraya que este tipo de decisiones responden a la obligación legal de hacer cumplir lo ya juzgado, tal y como establece el ordenamiento jurídico.
La denuncia había sido presentada por varios exconsellers, entre ellos Laura Borràs y Lluís Puig, quienes atribuían a la magistrada un supuesto delito de prevaricación por ordenar la ejecución forzosa de la sentencia. También extendían esa acusación a representantes institucionales aragoneses, al considerar que habían impulsado dicha actuación.
Sin embargo, el tribunal rechaza de forma clara esta interpretación y sostiene que las decisiones adoptadas se ajustan plenamente a derecho, sin que se aprecie ninguna actuación irregular. De hecho, recalca que no se observa ningún elemento que permita sostener la existencia de delito, ni siquiera de forma indiciaria.
Más allá de la inadmisión, el auto va un paso más allá y plantea la posibilidad de analizar si la querella pudo haberse utilizado de forma indebida. Los magistrados apuntan a la falta de fundamento de las acusaciones y han abierto una pieza separada para estudiar si existió abuso de derecho o mala fe procesal en su presentación.
En caso de que se confirme esta circunstancia, los querellantes podrían enfrentarse a sanciones económicas, que podrían alcanzar varios miles de euros.
La resolución también descarta que el Ayuntamiento de Sijena pueda iniciar acciones penales por injurias o calumnias, al considerar que la inadmisión de la querella deja sin base este tipo de actuaciones.
Este nuevo pronunciamiento judicial se produce en el contexto del largo proceso en torno a las pinturas de Sijena, cuya devolución fue ordenada por los tribunales tras años de litigio entre Aragón y Cataluña. La sentencia, dictada inicialmente en Huesca en 2016 y confirmada posteriormente por el Tribunal Supremo, marcó un punto clave en este conflicto patrimonial.El TSJA rechaza la querella de exconsellers por el caso Sijena, avala la actuación judicial y estudia si hubo mala fe en la denuncia.











